Es la contradicción entre dos leyes o principios en su aplicación práctica a un caso particular.
a)
La norma
posterior tiene mayor validez o prevalece
sobre la norma anterior.
b)
Gerárquico
es que la norma superior prevalece sobre la norma inferior, esto es que se va a
respetar el orden que tienen mayor jerarquía, siendo primero la constitución,
luego las leyes, luego los reglamentos, circulares, acuerdos, etc.
Especialidad, La norma especial prevalece sobre la general, esto es por jemplo la norma general pagar impuestos que esta en la constitución, y la forma de cómo pagar impuestos esta en las leyes respectivas, entonces la ley es especifica y la constitución es general, por lo prevalece la especifica sobre la general.
4. ¿Qué es una antinomia insoluble según
Bobbio?
Según Bobbio refiere que las
antinomias del mismo nivel, del mismo tiempo tiene el mismo valor, y el que
interpreta la norma puede quitar una de las dos, las dos o dejar las dos,
acudiendo principalmente al principio de favorabilidad.
Es un ordenamiento jurídico donde
no pueden coexistir normas incompatibles quiere decir que las normas de un
ordenamiento tienen cierta relación entre sí, y que esta relación es una
relación de compatibilidad, esto es, no todas las normas serían válidas, sino
solo aquellas que fueran compatibles con las demás.
5. ¿Cuál es la diferencia entre regla y
principio de Dworkin?
La diferencia entre
principios y reglas es para Dworkin una diferencia lógica. Las reglas son
aplicables a la manera de disyuntivas o sea por separado. Si los hechos que
estipula una regla están dados, entonces
la norma es válida, y en cuyo caso la
respuesta que da debe ser aceptada, o bien no lo es, y entonces no aporta nada
a la decisión. En cambio los principios no establecen consecuencias jurídicas
que se sigan automáticamente cuando se satisfacen las condiciones previstas,
puesto que ellos sólo enuncian razones pero no exigen decisiones particulares.
Es decir las reglas son de aplicación estricta, y los principios
son de aplicación opcional.
6. ¿Cómo se ha preocupado la filosofía
jurídica contemporánea para resolver antinomias constitucionales?
De
manera general, la filosofía jurídica contemporánea, con miras a establecer
fórmulas para la resolución de antinomias, especialmente de las que se
presentan dentro de las constituciones, se ha preocupado por precisar la
diferencia que existe entre los valores, los principios y las reglas
constitucionales.
PARA DWORKIN:
7. ¿Qué es un valor constitucional?
Son las normas que reconocen
valores y condicionan a otras normas y tienen un contenido abstracto e
inconcreto, es decir están formuladas como clausulas generales que determinan
criterios interpretativos del resto del ordenamiento.
8. ¿Qué es un principio?
Son normas que condicionan a las
demás normas, pero con mayor grado de que sean más concretas y eficaces. Estas
por ser mas precisas son de aplicabilidad concreta y eficaz.
9.
¿Qué es una regla?
Son disposiciones jurídicas en
las que se define en forma general un supuesto de hecho, y se determina la
consecuencia o consecuencias jurídicas que se derivan de la situación de hecho,
para regular y ordenar de forma directa la vida humana, la realidad social.
10. ¿Cuáles son las diferencias
primordiales entre un valor y un principio?
El principio es de aplicación
personal puede ser o no obedecido, sin que traiga consecuencias jurídicas, mientras que el
valor es la esencia de la norma que condiciona a las demás normas.
Sería una diferencia de grado de abstracción y de apertura
normativa, las normas que reconocen valores son más abstractas y abiertas que
las que consagran principios o sea tienen aplicabilidad concreta o eficacia.
PARA
ALEXY:
11. ¿Qué son los mandatos definitivos y cuál es su
forma de aplicación característica?
Alexi señala, que las reglas son
normas y cuando se cumple el hecho se ordena una consecuencia es decir, cuando
se cumplen determinadas condiciones, ordenan, prohíben o permiten algo
definitivamente o autorizan definitivamente hacer algo y bajo estas
características son llamadas mandatos definitivos.
12. ¿Qué son los mandatos de
optimización?
Son normas que ordenan que algo
se realice en la mayor medida posible según las posibilidades fácticas y
jurídicas, significa que puden ser realizados en diferente grado.
13.
¿De qué dependen los mandatos de optimización?
Que su realización depende no
solo de las posibilidades fácticas sino también jurídicas
14. ¿Los principios son axiológicos o
deontológicos?
Deontológicos, porque expresan un
deber ser y se manifiestan bajo la forma de mandatos, prohibiciones, permisos o
derechos.
15.
¿Cómo resolvemos una colisión de principios?
A través del método de la
ponderación al dar mayor importancia a aquel o aquellos principios que
consagren un ideal de valor
16. Señala un ejemplo de Derecho,
Ciencia del Derecho y Filosofía del Derecho que se desarrolle en la sentencia.
4. ¿Qué
es una antinomia insoluble según Bobbio?
Derecho es la aplicación de los
preceptos jurídicos en los que se basa la norma.
Ejemplo las leyes y códigos.
Ciencia del derecho es el estudio de
los preceptos que se aplican en un caso particular.
Ejemplo el derecho
Filosofía del derecho son los
ordenamientos de la doctrina que se aplican en el proceso.
Un ejemplo de Derecho son los artículos de órdenes normativos, Ejemplo: “Nadie
podrá ser obligado, en asunto criminal, correccional o de policía, a declarar
contra sí mismo o contra sus parientes dentro del cuarto grado civil de
consanguinidad o segundo de afinidad”. (Artículo 25 de la Constitución de la
República de Colombia de 1886)
Lo diferente entre principio, valor y
regla, que mencionan los autores Alexy y Dworkin, es Filosofía del Derecho, ya
que se contiene los fundamentos que influyen al contenido del Derecho
axiológico y deontológico.
El análisis de constitucionalidad es donde se encuentra la Ciencia del Derecho ya que hace o tiene una argumentación lógica, que dará la resolución, basada en principios sistemáticos de la aplicación
jurídica que establecen que no puede haber inconstitucionalidad en la
Constitución, ya que no consideran preceptos filosóficos y axiológicos para su
resultado.4. ¿Qué es una antinomia insoluble según Bobbio?
Dentro de lo que cabe bien, en esta ocasión me limito a criticar con cierto estupor la ortografía: no es gerárquia sino jerarquía.
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